Certificado de Escolaridad o Equivalente: Cómo Obtenerlo


certificado de escolaridad o equivalente

¿Qué es y para qué sirve? Esta guía explica de forma práctica qué implica solicitar la equivalencia del certificado y otros estudios extinguidos frente a los títulos vigentes. Aquí verás cuándo conviene pedir la equivalencia y qué resultados administrativos produce.

El trámite reconoce la correspondencia entre antiguos documentos académicos y los títulos actuales dentro del sistema educativo. La solicitud puede solicitarse para todos los efectos o solo a efectos laborales, y no sustituye la expedición de un título o una certificación académica, que se gestionan con el centro o la Dirección Territorial.

Te detallo requisitos, documentos esenciales y formas de presentación (telemática o presencial). También hallarás consejos para reunir justificantes y planificar la gestión en meses habituales como mayo y junio, cuando se cierran etapas y se incrementan las demandas por el título.

Índice
  1. Conclusiones clave
  2. Qué es y para qué sirve el certificado de escolaridad o equivalente en España
  3. Equivalencias oficiales y base legal: qué estudios valen como “certificado de escolaridad o equivalente”
    1. Referencias clave
    2. Secundaria, Bachiller y títulos profesionales
    3. Pruebas y acceso a ciclos
    4. Estudios antiguos y acreditaciones
  4. Cómo solicitar la equivalencia o el certificado: guía paso a paso
    1. Documentación según cada caso
    2. Presentación, plazos y seguimiento
  5. Expedición y retirada del título o resolución: dónde y cómo recogerlo
    1. Retirada en el centro docente por la persona interesada o mediante autorización
    2. Envío a Delegación/Subdelegación, Dirección Provincial, Ceuta/Melilla u Oficina Consular
  6. certificado de escolaridad o equivalente: usos, efectos y acceso a estudios o empleo
    1. Efectos académicos y laborales
  7. Conclusión
  8. FAQ
    1. ¿Qué es el certificado de escolaridad o equivalente y para qué sirve?
    2. ¿Qué normas regulan las equivalencias y la validez de estos títulos?
    3. Qué estudios se reconocen como equivalentes a la Educación Secundaria Obligatoria (ESO)?
    4. Cómo acreditar estudios anteriores a la Ley 14/1970, como el Graduado Escolar?
    5. Se pueden usar las pruebas de acceso a la universidad o a ciclos formativos para obtener equivalencia?
    6. Cómo solicito la equivalencia o la expedición del título paso a paso?
    7. Qué documentación necesito presentar con la solicitud?
    8. Hay tasas o plazos para tramitar la equivalencia o expedir el título?
    9. Qué hago si el centro donde cursé ya no existe o ha cambiado de Sede?
    10. Cómo y dónde se recoge el título o la resolución de equivalencia?
    11. Qué efectos académicos y laborales tiene una equivalencia con la ESO o el Bachiller?
    12. Puedo pedir una equivalencia solo para efectos laborales?
    13. Qué diferencias hay entre solicitar la expedición de un título y pedir una equivalencia?
    14. Puedo solicitar estos trámites desde el extranjero?
    15. Dónde puedo consultar modelos oficiales y normativa vigente?

Conclusiones clave

  • Conoce la diferencia entre equivalencia y petición de título.
  • Reúne copias de documentos: libros, certificados y justificantes.
  • Presenta la instancia según la Ley 39/2015, telemática o presencial.
  • Decide si pides equivalencia para todos los efectos o sólo laboral.
  • Planifica la tramitación con antelación en mayo y junio.

Qué es y para qué sirve el certificado de escolaridad o equivalente en España

La administración valida si unas enseñanzas cursadas antes se equiparan a los títulos del sistema educativo actual. Este reconocimiento funciona como una resolución de equivalencias y no expide un nuevo título.

La correspondencia puede declararse frente al graduado en educación secundaria, al graduado escolar o al Bachiller. Puedes pedirla a todos los efectos o solo a efectos laborales, según lo que necesites en cada caso.

Este trámite es útil cuando la persona cursó educación secundaria bajo normas antiguas o vías no ordinarias. Facilita acceso a empleo y, en determinados supuestos, movilidad académica.

  • Se admite documentación variada: libros, módulos, pruebas o copias de títulos.
  • La solicitud está abierta todo el año y no conlleva tasas.
  • Presentación telemática o presencial conforme al artículo 16.4 de la Ley Orgánica 39/2015.

En cada caso, aporta la mejor evidencia disponible para que la administración valore la correspondencia con los títulos vigentes y precise los efectos de la resolución.

Las normas vigentes determinan qué estudios extinguidos pueden equivaler a títulos actuales y con qué efectos. El marco legal recoge vías diversas para reconocer trayectorias antiguas y fijar si la declaración produce efectos académicos o sólo laborales.

Referencias clave

La ley orgánica 2/2006 y sus desarrollos regulan el procedimiento y las finalidades. La Orden EDU/1603/2009, modificada por la EDU/520/2011, detalla equivalencias con el Graduado en ESO y con bachilleratos previos.

Secundaria, Bachiller y títulos profesionales

Las normas distinguen entre secundaria obligatoria y bachiller, estableciendo cuándo procede la homologación y qué efectos genera la expedición de la resolución.

Pruebas y acceso a ciclos

El Real Decreto 127/2014 (art. 17.5) vincula pruebas de acceso a enseñanzas artísticas, deportivas y de formación profesional con requisitos concretos para valorar la equivalencia.

Estudios antiguos y acreditaciones

Se incluyen títulos previos a la Ley 14/1970 (como el graduado escolar), certificados primarios de 1945 y 1965, y la prueba de acceso a la Universidad para mayores de 25 años como hito acreditador.

NormaÁmbitoResultado habitual
Ley Orgánica 2/2006Marco generalRegula equivalencias y efectos
Orden EDU/1603/2009ESO y BachillerEquivalencia con bachilleratos históricos
Real Decreto 127/2014Pruebas y FPAcceso a ciclos y reconocimiento parcial
Orden ECD/1417/2012Efectos laboralesEquivalencia para empleo privado y oposiciones

Conclusión: el conjunto forma un mapa jurídico coherente que facilita la homologación si se aporta documentación suficiente. Planifica la solicitud con tiempo, especialmente en meses como marzo y junio, cuando aumentan las demandas.

Cómo solicitar la equivalencia o el certificado: guía paso a paso

Antes de enviar documentación, organiza lo que exige la administración para valorar la equivalencia. Decide si necesitas reconocimiento oficial o la expedición de un título: la primera se tramita por el procedimiento de equivalencia; los títulos y certificados académicos se piden en el centro educativo o en la Dirección Territorial si el centro cerró.

Documentación según cada caso

Descarga y rellena el modelo oficial indicando si pides la equivalencia con Graduado en secundaria obligatoria o con Bachiller y si la solicitas a todos los efectos o solo para empleo.

Adjunta copia del título, justificante de pago si está en tramitación y la certificación académica. En cada caso incluye el libro o expediente sellado, certificados de pruebas de acceso, créditos ECTS y un documento identificativo.

Presentación, plazos y seguimiento

Presenta la solicitud por vía telemática o presencial según el artículo 16.4 de la Ley 39/2015. Conserva el justificante de registro y activa el seguimiento del expediente.

ElementoQué aportarQuién lo gestionaResultado
Modelo oficialInstancia indicando tipologíaSolicitanteInicio de expediente
Documentos acreditativosTítulo, libro/expediente, pruebasCentro o Dirección TerritorialValoración por ordenación académica
PresentaciónTelemática o presencialRegistro administrativoJustificante y seguimiento
Plazos y tasasSolicitud abierta todo el año; sin tasasAdministración educativaResolución administrativa

Consejos prácticos: si el centro cerró, solicita el expediente a la Dirección Territorial. Adjunta referencias a la Orden EDU/1603/2009 o al real decreto cuando correspondan y, si necesitas la resolución por marzo o por un proceso de acceso, indícalo en la instancia.

Expedición y retirada del título o resolución: dónde y cómo recogerlo

Una vez emitida la resolución o realizada la expedición, hay varias vías para obtener el documento final. Conocerlas reduce esperas y facilita trámites posteriores.

Retirada en el centro docente por la persona interesada o mediante autorización

La recogida habitual se realiza en el centro. Presenta identificación original y copia. Si acude un representante, adjunta una autorización firmada.

"Verifica si el centro exige cita previa y confirma si entregan la resolución o el título expedido."

  • Identificación: lleva DNI, NIE o pasaporte en original y copia.
  • Autorización: documento firmado por la persona interesada si recoge un tercero.
  • Incidencias: solicita por escrito correcciones si hay errores en datos personales.

Envío a Delegación/Subdelegación, Dirección Provincial, Ceuta/Melilla u Oficina Consular

Si no resides en la misma localidad, pide la remisión del título a la Delegación o a la Oficina Consular más próxima. Esta opción optimiza tiempos y desplazamientos.

  1. Solicita la remisión por escrito al centro o en el expediente.
  2. Comprueba si existe seguimiento del envío para conocer fecha estimada de disponibilidad.
  3. Si necesitas el documento para una aplicación urgente, pide un justificante provisional de expedición.
OpciónVentajaRequisito
Recogida en centroRápida y directaIdentificación o autorización
Remisión a Delegación/SubdelegaciónAhorro de desplazamientoSolicitud formal y datos de contacto
Oficina ConsularAcceso desde el extranjeroVerificar plazos y seguimiento

Consejo práctico: conserva una copia digital del documento y pide un justificante si la entrega coincide con plazos de procesos selectivos o matrículas.

certificado de escolaridad o equivalente: usos, efectos y acceso a estudios o empleo

Con la declaración administrativa puedes acreditar ante empleadores y centros que tus estudios alcanzan un nivel concreto. Esto influye tanto en procesos de selección como en itinerarios formativos.

Efectos académicos y laborales

La resolución puede ser a todos los efectos o limitada a fines laborales. Si es a todos los efectos, facilita continuidad en enseñanzas y acceso a ciclos. Si sólo produce efectos laborales, sirve para cubrir requisitos en ofertas y oposiciones.

  • Con una equivalencia reconocida puedes demostrar un nivel equivalente al graduado educación secundaria, al Bachiller o al Graduado Escolar según el caso.
  • Para el acceso a formación profesional, valen módulos superados, pruebas reguladas y trayectos de personas adultas de nivel I.
  • La Orden ECD/1417/2012 y normas como la orden edu/1603/2009 y el real decreto 127/2014 explican vías y pruebas útiles para reforzar la solicitud.
ÁmbitoQué acreditaVías frecuentesImpacto práctico
LaboralRequisito para empleoResolución laboral o título válidoAcceso a bolsas y oposiciones
AcadémicoContinuidad formativaPruebas de acceso, módulos, ESPAMatriculación en ciclos o Bachiller
Promoción internaReconocimiento de nivelExpediente, módulos y pruebasMejor posición en procesos selectivos
Casos mixtosCombinación de logrosParte de ESO + FP + pruebaMaximiza efectos según documentación

Conclusión

En síntesis, el conjunto normativo (Ley Orgánica 2/2006 y desarrollos como la Orden EDU/1603/2009 y el Real Decreto 127/2014) garantiza vías para convertir trayectorias previas en reconocimientos válidos en el sistema educativo. Los servicios de ordenación académica ofrecen modelos y guías para tramitar la solicitud, que suele ser sin tasas y puede presentarse telemática o presencialmente (art. 16.4 Ley 39/2015).

Planifica la documentación, decide si pides efectos académicos o solo laborales y ten en cuenta meses de alta demanda (marzo, mayo y junio). Comprueba la resolución al recibir la expedición para asegurar la homologación y el alcance de la equivalencia solicitada.

FAQ

¿Qué es el certificado de escolaridad o equivalente y para qué sirve?

Es un documento administrativo que acreditan estudios básicos realizados en el sistema educativo español. Sirve para justificar formación ante centros educativos, administraciones y empleadores, facilitar el acceso a ciclos formativos y demostrar requisitos académicos en convocatorias públicas.

¿Qué normas regulan las equivalencias y la validez de estos títulos?

Las equivalencias se basan en la Ley Orgánica 2/2006 y en decretos y órdenes como la Orden EDU/1603/2009, EDU/520/2011, ECD/1417/2012 y el Real Decreto 127/2014. Estas normas establecen qué estudios se consideran equivalentes y sus efectos académicos y laborales.

Qué estudios se reconocen como equivalentes a la Educación Secundaria Obligatoria (ESO)?

Se reconocen títulos como el Graduado Escolar, antiguos bachilleratos elementales, determinados títulos de formación profesional básica y acreditaciones por pruebas de acceso. La normativa concreta indica casos y efectos para cada titulación.

Cómo acreditar estudios anteriores a la Ley 14/1970, como el Graduado Escolar?

Los títulos previos, como Graduado Escolar o Bachiller Elemental, conservan efectos si están debidamente expedidos. Para su reconocimiento es necesario presentar el original o copia compulsada y la resolución administrativa que establezca la equivalencia según la normativa vigente.

Se pueden usar las pruebas de acceso a la universidad o a ciclos formativos para obtener equivalencia?

Sí. Las pruebas de acceso para mayores de 25 años y las específicas de FP u enseñanzas artísticas y deportivas generan efectos académicos que, en ciertos casos, se consideran equivalencias para cursar estudios o acceder a titulaciones.

Cómo solicito la equivalencia o la expedición del título paso a paso?

Primero identifique si necesita equivalencia o expediente de título. Reúna documentación (títulos, libro de escolaridad, acreditaciones y, si procede, créditos ECTS). Rellene el modelo oficial indicando si la solicitud es “a todos los efectos” o sólo laboral. Presente la solicitud telemáticamente o en registro presencial según la Ley 39/2015.

Qué documentación necesito presentar con la solicitud?

Copia del título o libro de escolaridad, DNI/NIE, documentación de reconocimiento previo si existe, certificados de enseñanzas cursadas y, para estudiantes extranjeros, la traducción y legalización o apostilla según el país de origen.

Hay tasas o plazos para tramitar la equivalencia o expedir el título?

En muchos casos no se aplican tasas. Los plazos y la forma de resolución varían por comunidad autónoma, pero la normativa permite la presentación durante todo el año natural; consulte la convocatoria o la Dirección Provincial de Educación para plazos concretos.

Qué hago si el centro donde cursé ya no existe o ha cambiado de Sede?

Diríjase a la Dirección Territorial o Provincial de Educación correspondiente. Ellos custodian los expedientes y pueden emitir certificaciones o gestionar la expedición del título en ausencia del centro original.

Cómo y dónde se recoge el título o la resolución de equivalencia?

La retirada suele hacerse en el centro docente por la persona interesada o mediante autorización firmada. Alternativamente, se puede solicitar envío a la Delegación o Subdelegación del Gobierno, Dirección Provincial, Ceuta/Melilla u Oficina Consular según el caso.

Qué efectos académicos y laborales tiene una equivalencia con la ESO o el Bachiller?

La equivalencia permite acceder a ciclos formativos, convocatorias laborales que exigen niveles educativos específicos y continuar estudios superiores cuando la normativa lo permite. Los efectos exactos dependen de la titulación reconocida y la finalidad (académica o profesional).

Puedo pedir una equivalencia solo para efectos laborales?

Sí. En la solicitud puede concretar si la equivalencia se pide “a todos los efectos” o únicamente para acreditar requisitos en el ámbito laboral. La resolución detallará el alcance de la equivalencia.

Qué diferencias hay entre solicitar la expedición de un título y pedir una equivalencia?

Pedir expedición solicita el documento físico que acredite los estudios realizados. Solicitar equivalencia busca que se reconozcan efectos de una titulación para acceder a otros estudios o empleos. Ambos trámites comparten documentación, pero persiguen fines distintos.

Puedo solicitar estos trámites desde el extranjero?

Sí. Los solicitantes residentes fuera de España pueden pedir la expedición o equivalencia a través de la Oficina Consular correspondiente. Deben aportar legalizaciones y traducciones si procede.

Dónde puedo consultar modelos oficiales y normativa vigente?

En el portal del Ministerio de Educación y Formación Profesional y en las páginas de las consejerías autonómicas encontrará modelos de solicitud, instrucciones y las órdenes y reales decretos que regulan las equivalencias y la expedición de títulos.


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